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Emigrante Retornado

Si hay un tema que es de consulta habitual es este. ¿Qué ayuda da España al inmigrante?

Pues bien, a todo español que regrese a su país, o a todo ciudadano que tenga nacionalidad española y emigre a España, le corresponde una ayuda económica mensual por el lapso de 18 meses. A mi modo de ver es un incentivo para que retornen todos aquellos españoles que han dejado su país en momento de crisis, como a los hijos o nietos de estos. Este último caso es el de mi marido. Mi marido es hijo de Raúl y Josefina, ambos nacidos en la provincia de Coruña, Galicia. Y aquí a la ayuda de la que hable anteriormente se le añade la ayuda que da la Xunta de Galicia a los  retornados gallegos que se instalen obviamente en Galicia, el llamado Retorna 2020.

Se que los puedo marear un poco, pero es simple. En principio todos los españoles tiene el derecho de recibir €430,27 por 18 meses si no está trabajando, o un proporcional si se trabaja media jornada. Una vez que comienzan a trabajar eso no lo perciben más. 
Como primer medida tienen que darse de alta como "demandantes de empleo" en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) Visiten el siguiente link para ver los requisitos: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/solicitud-prestaciones/solicitud-tarjeta-demanda-empleo.html En el SEPE les van a pedir el Certificado de Emigrante Retornado. Van a  tramitarlo en la Subdelegación del Gobierno Dependencia de Trabajo e Inmigración con la siguiente documentación:


  1. Pasaporte Español
  2. DNI Español
  3. Pasaporte Extranjero
  4. Baja Consular
  5. Documentación laboral : es la certificación de servicios de las empresas en las que trabajaron fuera de España al menos durante los últimos 6 años y las constancias de CUIT. Para tener mejor información, ya que toda esto puede variar, pueden acercarse a Viamonte 166 CABA Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  6. Certificado literal de nacimiento actualizado
  7. Billete de avión o sello en el pasaporte de salida del país
  8. Vida Laboral de España (petición telefónica al 901-502050 opción 3 o en la Tesorería General de la Seguridad Social)
  9. Informe de periodos e inscripción (oficina de empleo) 
Una vez obtenido el certificado y presentado en el SEPE deben transcurrir 30 días desde la fecha de alta para comenzar a cobrar el  subsidio. Es necesario tener una cuenta bancaria que es donde van a depositarles el dinero.

Ahora esto es una pequeña ayuda, lo mejor es llegar y empezar a buscar trabajo cuanto antes. La ayuda de la Xunta es otro tema... bastante complejo, todavía nosotros no lo tenemos muy claro! Será para otro post... Espero sus consultas aquí abajo en comentarios o en las redes sociales.
( twitter : @verukatrip / instagram : @veruka_trip)



8 comentarios:

  1. Muchas Gracias, excelente post.
    No tengo claro el punto 8. Slds

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    1. La vida laboral simplemente es un papel donde vuelcan si estas trabajando o no... ! Exitos!

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  2. Hola Veru! Este que detallas sería el "paro"? O bien corresponde a otro incentivo?

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    1. Hola, no ... el paro es otra cosa. Esto es una ayuda al retornado. El paro corresponde cuando trabajaste y dejas de hacerlo, sea por motus propio o ajeno.

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  3. Hola! Saben uds si yo española obtengo el subsidio de emigrante retornado mi esposo( que tiene nie provisorio y es argentino) no le dan la residencia? desde ya muchas gracias

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  4. No entiendo tu pregunta , una cosa no tiene nada que ver con la otra.

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  5. Hola. Sabes si una persona puede cobrar en simultáneo el Retorno y también el PARO? Estoy averiguando todo en la oficina de la Xunta de Galicia en CABA y no comentaron nada sobre éste de importe que dan a los “retornados” como si lo hicieron con lo del PARO. Muchas gracias

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  6. Hola! Quería saber de cuanto es el subsidio por retornado. Y otra pregunta. Como esta el mercado laboral para una persona de 42 años.

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